Asesoramiento


 

De conformidad con el artículo 11 del Real Decreto 1311/2012 (de ahora en adelante RD) por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado, de común acuerdo con las Comunidades Autónomas,un modelo de Cuaderno de Explotación de los productos fitosanitarios. El cuaderno aglutina de manera ordenada y armonizada todos los elementos que deberán registrar los titulares de las explotaciones agrícolas, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de la normativa de uso sostenible de los productos fitosanitarios que obliga a registrar la información sobre el uso de productos fitosanitarios.

El artículo 16 del Real Decreto 1311/2012, relativo al registro de los tratamientos fitosanitarios, establece la obligación para todas las explotaciones agrarias de mantener actualizado dicho registro con la información contenida en la parte I del ANEXO III. Dado que el contenido de la documentación exigida para el asesoramiento contiene toda la información requerida en el citado anexo, se considerará que las explotaciones para las que se cumplimente dicha documentación, ya cumplen con lo indicado en el citado artículo 16 del RD, realizándose para ello una mención específica a la remisión al cuaderno de explotación.  

Por lo tanto, el asesoramiento en materia de Gestión Integrada de Plagas (GIP) quedará justificado mediante los siguientes documentos:

• CONTRATO DE ASESORAMIENTO: acredita la relación contractual y la existencia de un compromiso de asesoramiento especifico en materia de GIP entre el asesor y productor. El contenido mínimo del contrato de asesoramiento se encuentra incluido en el ANEXO I del presente documento.

• DESCRIPCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN ASESORADA: en la cual se realizaría una identificación y descripción exhaustiva de la explotación, y en concreto de las principales incidencias fitosanitarias. Dicho documento constará de un apartado de descripción general de la explotación, de un apartado específico de la evaluación del estado fitosanitario de la explotación y de una evaluación del riesgo medioambiental de la utilización de productos fitosanitarios. Los contenidos mínimos de la memoria descriptiva se encuentran indicados en el ANEXO II del presente documento.

• REGISTRO DE ACTUACIONES FITOSANITARIAS en el que se reflejará cualquier modo de intervención fitosanitaria realizada en la parcela, todas las actuaciones fitosanitarias deberán realizarse por parte del agricultor, previa indicación de las mismas por parte del asesor. Un modelo de este documento se refleja en el ANEXO III del presente documento. 

Terracontrol, con el fin de adaptarse a las exigencias y necesidades del agricultor, dispone en su plantilla de ingenieros tecnicos agricolas, con amplia experiencia en gestion de cultivos, tanto en frutas como en hortalizas. Además nuestros profesionales dotan al agricultor de todos los requisitos legales en cumplimiento del Real Decreto 1311/2012 por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, gestinando los Cuadernos de Explotacion en tiempo real de todas las explotaciones asesoradas.

 

Modelo de Cuaderno de Explotación


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